Sistema de información de
Relatoría Presidencia
Acuerdo
1392 DE 2002
21/03/2002
Vigente con modificaciones
26/02/2002
Por el cual se reglamenta la evaluación y calificación de servicios de los funcionarios y empleados de carera de la Rama Judicial.
CARLOS ENRIQUE MARIN VELEZ
01/01/2003
| Descriptor | Restrictor |
|---|---|
| Calificación de Servicios | Funcionarios y Empleados |
| Contenido | Descripción Acto Administrativo | Observaciones | Tipo contenido |
|---|---|---|---|
| AAAAA | AAAAA | Nombre | |
| Consejo de Estado – Sala Plena. Expediente 0198. Número Interno: 02. del 23 de abril de 2002. M.P. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO. | Carencia de Superior Jerárquico Administrativo de los Jueces de la República. Procedencia de recursos contra calificación de servicios de empleados de Juzgados. | Nombre | |
| Consejo de Estado – Sección Segunda – Subsección A. Radicación No 110010325000200400206-01 (4255-04) | Rendimiento Esperado Jueces Administrativos. Acuerdo No. 1699 del 27 de enero de 2003 | Nombre | |
| Consejo de Estado – Sección Segunda – Subsección A. Radicación No. 110011-03-25-000-199-0095-00(1236-99) del 14 de marzo de 2002. M.P. NICOLAS PAJARO PEÑARANDA. | Procedencia de recursos contra calificación de servicios satisfactoria. Facto Eficiencia o Rendimiento/ Egreso Efectivo/Fallos Inhibitorios. Factor Organización del Trabajo/Utilización de Recursos Informáticos. Irretroactividad de la reglamentación en calificación de servicios. | Nombre | |
| Consejo de Estado – Sección Segunda – Subsección A. Radicación No. 23001-23-31-000-1997-7946-01-01(1787-2000) del 1º de noviembre de 2001. M.P. ALBERTO ARANGO MANTILLA. | Existencia de un proceso disciplinario contra un superior, no significa necesariamente preexistencia de enemistad. Competencia para evaluar empleados de Juzgados. Efectos Jurídicos de calificación extemporánea. Carencia de Superior Jerárquico Administrativo de los Jueces de la República. Notificación y Procedencia de recursos contra calificación de servicios de empleados de Juzgados. | Nombre | |
| Consejo de Estado – Sección Segunda – Subsección A. Radicación No. 52001-23-31-000-0338-01(1109-2000) del 8 de noviembre de 2001. M.P. ALBERTO ARANGO MANTILLA. | Impedimento o Recusación por hostilidad o animadversión frente a la gestión del empleados subalterno/El hecho de que el juez calificador hubiese solicitado investigaciones contra el demandante , o viceversa, no implica, necesariamente, la existencia de enemistad. | Nombre | |
| Corte Constitucional, Sentencia C-658/2000 del 8 de junio de 2000. M.P. ANTONIO BARRERA CARBONELL. | No vigencia de inhabilidad por calificación insatisfactoria. | Nombre | |
| Corte Constitucional. Sentencia T-1142/03. M.P. Eduardo Montealegre Lynett – de noviembre 28 de 2003. | Calificación de Servicios/Naturaleza del Acto. Carencia de Superior Jerárquico Administrativo de los Jueces de la República. Procedencia de recursos contra calificación de servicios de empleados de Juzgados. | Nombre | |
| Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Civil. Expediente No. T.110010230016-2002-00018 del 11 de diciembre de 2002. M.P. José Fernando Ramírez Gómez. | Carencia de Superior Jerárquico Administrativo de los Jueces de la República. Procedencia de recursos contra calificación de servicios de empleados de Juzgados. | Nombre | |
| Fallo del 12 de septiembre de 2002 del CONSEJO DE ESTADO - SECCION SEGUNDA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - SUBSECCION "A", Consejero ponente: ALBERTO ARANGO MANTILLA, Radicación número: 20001-23-21-000-2000-0062-01(2193-01) | Calificación de servicios de empleados de la Procuraduría General de la Nación Decreto Ley 1222 de 1993/Calificador – el inmediato superior o quienes deleguen los jefes del respectivo organismo/Declaración de insubsistencia por evaluación insatisfactoria. Etapas de la calificación/ Concertación de Objetivos, Evaluación semestral o de mitad de período, Evaluación final y calificación. Derecho al Debido Proceso. | Nombre | |
| Sentencia C-1002/05 de la Corte Constitucional del 3 de octubre de dos mil 2005, M.P. Dr. MARCO GERARDO MONROY CABRA. | Calificación integral de Servicios de Juez Militar/ El tener en cuenta en la evaluación de servicios si el funcionario fue objeto de sanción disciplinaria no vulnera el principio non bis in idem. Características y diferencias entre sanción disciplinaria y calificación de servicios. Principios de Independecia y Autonomía/ Justicia Penal Militar. | Nombre | |
| Sentencia T-378/03 de la Corte Constitucional del 8 de mayo de 2003, M.P. Dr. JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO. | Calificación integral de servicios /Objetivo, Características, Motivación/Acuerdo 198 de 1996/ Factor Calidad, Subfactores – Dirección del Proceso y Estructura y contenido de las Providencias/ Número de evaluaciones/Factor Eficiencia o Rendimiento – Variables, índice de evacuación, carga estándar. Puntos nuevos al resolver recursos en contra de evaluación de servicios. El Juez de tutela no puede constituirse en instancia de revisión de puntajes y de criterios del evaluador. | Nombre |
| Contenido | Descripción Acto Administrativo | Observaciones | Tipo contenido |
|---|---|---|---|
| CONSTITUCIÓN POLÍTICA | Articulo 125, 228 y numeral 1 del Articulo 256 | Nombre | |
| EEEE | EEEEE | Nombre | |
| LEY 270 DE 1996. LEY ESTATUTARIA DE JUSTICIA. | Articulo 170 | Nombre |
| Contenido | Descripción Acto Administrativo | Observaciones | Tipo contenido |
|---|---|---|---|
| CIRCULAR 19 DE 1999 de UACJ. | Recursos de apelación- Remisión de documentos. | Nombre | |
| CIRCULAR 37 DE 1998. Diciembre 09. Presidencia. | Improcedencia de calificar los servicios de servidores judiciales que han sido sujetos de evaluación insatisfactoria en el periodo inmediatamente anterior. | Nombre | |
| CIRCULAR CJCR07-14. Julio 21 de 2007. UACJ. | Concepto relacionado con el descuento de días hábiles en paro judicial o cese de actividades para efectos de la calificaión integral de servicios de Jueces de la Republica. Periodo 2006. | Nombre | |
| CIRCULAR No. 009. Febrero 12 de 2003- de Presidencia. | Procedencia de recursos contra calificación integral satisfactoria. | Nombre | |
| ppp | ppp | Nombre | |
| RESOLCIÓN PSAR08-10 Enero 23 de 2008. | Factor calidad- Mínimo de calificaciones requerido. | Nombre | |
| RESOLCUCIÓN No. PSAR08-26 Febrero 27 de 2008. | Factor Organización del Trabajo- Motivación de la calificación. | Nombre | |
| RESOLCUIÓN No. PSAR08-3 del 21 de Enero de 2008. | Factor calidad. Aplicación del articulo 22 del Acuerdo 1392 de 2002. Convalidación y principio de lealtad. | Nombre | |
| RESOLCUIÓN PSAR07-102 DE 2007. | Factor eficiencia o rendimiento, concepto carga y egreso efectivos, error aritmético. | Nombre | |
| RESOLCUIÓN PSAR07-199 DE 2007. | Vigilancia Judicial Administrativa, Incidencia en la calificación del factor eficiencia o rendimiento. Violación al proceso en la notificación de la decisión. | Nombre | |
| RESOLCUIÓN PSAR07-93 DE 2007. | Recurso de queja, no presentación personal. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-18 DE 2007. | Calificación de servicios, descuento de días del periodo de evaluación. Procedimiento para la consolidación del factor calidad, factor eficiencia o rendimiento práctica de pruebas. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-217 DE 2007. | Incompetencia de las Salas Administrativas de los Consejos Seccionales para ordenar la exclusión de la carrera judicial de empleados de juzgados por su calificación integlar insatisfactoria. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-232 DE 2007. | Competencia para la consolidación de la calificación de servicios y recopilación de información necesaria para su integración. Opotunidad de la consolidación. Calificación del factor calidad- vulneración al debido proceso ebn la diligencia de notificación. Minimo de formularios requeridos. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-268 DE 2007. | Retiro del servicio por reconocimiento de pensión. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-269 DE 2007. | Factor organización del trabajo- motivación de la calificación. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-29 DE 2007. | Calificación de servicios, potestad reglamentaria de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, aplicación del Acuerdo 1392 de 2002. Factor eficiencia o rendimiento práctica de pruebas. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-337 DE 2007. | Factor eficiencia o rendimiento. Calificación- carga y egresos efectivos. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-36 DE 2007. | Calificación de servicios, vía gubernativa, factor calidad, pronunciamiento del superior funcionalfrente a los arguemntos del recurso. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-37 DE 2007. | Calificación de servicios, control de legalidad en el procedimiento de evaluación. Procedimiento para la consolidación del factor eficiencia o rendimiento aplicando rendimiento esperado proporcional. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-53 DE 2007. | Calificación de servicios, factor eficiencia o rendimiento, concepto de carga y egresos efectivos y carga del despacho. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-54 DE 2007. | Calificación de servicios, descuento de días del periodo de evaluación, procedimento para la consolidación del factor eficiencia o rendimiento aplicando rendimiento esperado proporcional. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-91 DE 2007. | Calificación de servicios. Descuento de días del periodo de evaluación, consolidación del factor calidad, procedimiento para la consolidación del factor eficiencia o rendimiento aplicando carga efectiva proporcional, principio de la no reformatio in pejus en vía gubernativa. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR07-92 DE 2007. | Factor eficiencia rendimiento, consolidación de la calificación cuando un funcionario se desempeño durante el mismo periodo en diferentes cargos ponderando evaluaciones, complejidad excepcional. | Nombre | |
| RESOLUCIÓN PSAR08-9. Enero 23 de 2008. | Factor calidad. Sustentación de recursos. Vulneración al debido proceso. | Nombre | |
| Acuerdo No. 1233 DE 2005 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 1074 DE 2001 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 1156 DE 2001 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 1177 DE 2001 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 1456 DE 2002 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 1458 DE 2002 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 1677 DE 2002 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 198 DE 1996 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 2194 DE 2003 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 247 DE 1998 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 2697 DE 2004 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 2915 DE 2005 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 313 DE 1996 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 516 DE 1999 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. 88 DE 1997 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Circular No. PSAC06-56 DE 2006 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Circular No. PSAC07-12 DE 2007 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo | |
| Acuerdo No. PSAA09-6032 DE 2009 | Por medio del cual se amplía el término para realizar la consolidación de la calificación integral servicios de Magistrados, período 2007-2008 y, de Jueces de la República, período 2008. | Acto Administrativo |
| Tipo de Sesión | Fecha del Acta | Punto Orden del día | Política | Observaciones de la Política |
|---|---|---|---|---|
| Extraordinaria | 22/04/1997 | Sesión del 22 de abril de 1997. Punto.E.2. | La Sala determinó que la calificación de los empleados de los juzgados la debe hacer el Superior Jerárquico. Debido a que el juez no tiene superior a quien acudir en recurso de apelación, la vía gubernativa se agota con el recurso de reposición. Criterio reiterado en las sesiones del: 27-10-98, 20-04-99, 15-02-00,14-12-99 | |
| Extraordinaria | 06/06/2001 | Sesión del 6 de junio de 2001. | Al existir un fallo de tutela que deja sin efectos el acto de calificación de servicios por violación de los derechos al debido proceso y al trabajo, se le instruyó a la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Córdoba acatar la tutela y sugerirle al juez que en su momento se proceda a efectuar la calificación de servicios al empleado de manera objetiva e imparcial. (política anterior de la Sala) | |
| Extraordinaria | 19/07/2006 | Sesión del 19 de julio de 2006. G.4 | La Sala modificó la política anterior, considerando que en el evento de que en un titular de un Juzgado de la República concurra una causal de impedimento o recusación para realizar la calificación integral de los servicios de un empleado, el procedimiento se debe adelantar ante el Procurador Regional de conformidad con lo previsto en el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo y el numeral 15 del artículo 75 del Decreto 262 de 2000, teniendo en cuenta que para el caso de los juzgados, tribunales y altas cortes no existe superior jerárquico administrativo. Lo anterior, mientras no sea reglamentado este tema por esta Sala. | |
| Extraordinaria | 23/02/1999 | Sesión del 23 de febrero de 1999. D.1. | La Sala aprobó el concepto en el que se señala que el art. 45 del Acuerdo No.198/96 dispone en su inciso 3º que los funcionarios y empleados que durante parte del período hayan desempeñado otros cargos en la Rama Judicial u otras entidades del Estado, serán evaluados en forma proporcional teniendo en cuenta el tiempo de desempeño en cada uno de ellos y el informe que rinda el superior respectivo de cada cargo. Por lo tanto, se requiere que los superiores presten su colaboración en los términos del art.169 de la Ley 270/96 no calificando sino remitiendo el mencionado informe, dado que en caso contrario sería imposible calificar parte o la totalidad del desempeño del servidor. (metodología anterior). | |
| Extraordinaria | 31/08/1999 | Sesión del 31 de agosto de 1999, H.12. | La Sala estableció que el informe ordenado en el artículo 45 del Acuerdo 198 de 1996 solamente se requería cuando el cargo desempeñado en provisionalidad o encargo perteneciera al régimen carrera judicial, por tanto, la calificación integral de los Magistrados que se desempeñaron como Magistrados Auxiliares en la Corte Suprema de Justicia debe realizarse sin tener en cuenta el lapso correspondiente a su desempeño en los referidos cargos. | |
| Extraordinaria | 25/06/2008 | Sesión del 25 de junio de 2008 | La Sala reiteró su política de no calificar a servidores judiciales desvinculados, por cuanto dicha evaluación no tiene ningún efecto, por lo tanto no procede la calificación de servidores judiciales con fecha de renuncia aceptada o en relación con persona desvinculada del servicio. | |
| Extraordinaria | 06/05/2009 | Sesión del 6 de mayo de 2009 | La Sala Administrativa dispuso que en relación con la evaluación del factor publicaciones, como parte de la calificación integral de servicios de los funcionarios judiciales, las traducciones con comentarios sobre la Legislación Nacional, se continúe dando aplicación al Acuerdo No. 1392 de 2002 y no se de aplicación por extensión analógica al Acuerdo No. 1450 de 2002, artículo 4 numeral 5, que reglamenta la calificación de las obras dentro del proceso público de méritos. |
17/06/2002